Sí. Cuando el aporte lo realizas sobre una base de cotización inferior a la que debías, podrás realizar el pago del excedente por Ingreso Base de cotización (IBC), tarifas o días reportados a través de la liquidación de una planilla de corrección (Tipo N – Correcciones).
👉🏼Consulta aquí el paso a paso para generar una planilla de corrección.
En caso contrario, si el IBC con el cual realizaste el pago fue superior, no debes realizar ningún ajuste ante el Operador de Información, debido a que, por medio de la PILA no se puede realizar correcciones que impliquen devoluciones; sugerimos comunicarte directamente con las administradoras a las cuales realizaste el pago (EPS, AFP, ARL y/o CCF) para consultar si en este caso realizan devolución de aportes.