Los fondos de pensiones son entidades destinadas a la gestión del ahorro de los trabajadores colombianos, para asegurar la asignación de una pensión por vejez, invalidez o sobrevivencia, con el cumplimiento de los requisitos previstos.
En Colombia actualmente existen 2 regímenes en pensión:
- Régimen de prima media con prestación definida: es gestionado por un fondo público (Colpensiones). En este régimen, los aportes realizados por el cotizante están dirigidos a un fondo común compartido con todos los afiliados; la asignación de la mesada pensional depende del salario cotizado y no del ahorro generado a lo largo de la vida laboral.
- Régimen de ahorro individual con solidaridad: es gestionado por los fondos privados (Porvenir, Protección, Colfondos, Skandia). En este régimen, cada afiliado financia su propia pensión de acuerdo con su ahorro individual, realizado a través de las cotizaciones generadas.
Algunos de los requisitos para pensionarse son:
- Cumplir con la edad de 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres (en los fondos privados se pueden pensionar antes de la edad señalada si cumplen con el suficiente ahorro para jubilarse)
- Tener al menos 1.300 semanas cotizadas (Colpensiones) o 1.150 semanas (fondos privados)
En seguridad social, la administradora de pensión es de libre elección del trabajador. La cotización de pensiones corresponde al 16% del Ingreso base de cotización (IBC), donde el empleador asume el 75% de esta cotización, mientras al empleado le corresponde el 25%, más los aportes al Fondo de solidaridad pensional si corresponde.
Debe tenerse en cuenta que cada persona tiene una historia laboral diferente, por lo que el determinar con qué fondo cotizar o pensionarse, debe ser una tarea de cada afiliado.
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Fecha de publicación: 27 de marzo 2024.