Si eres contratante y asumiste el pago de los aportes de tus trabajadores contratistas por prestación de servicios, es importante que sepas que, a partir del 01 de agosto de 2025, se implementó en la PILA el uso de la novedad RET-T (Terminación de contrato).
Esta novedad permite a los contratantes informar a las administradoras a las que se encuentra afiliado el cotizante sobre la terminación del contrato con el contratista, sin afectar sus afiliaciones al sistema de seguridad social.
Ten en cuenta que la responsabilidad de las afiliaciones, así como el reporte de la novedad RET-X (Retiro), será exclusiva del contratista. Por ello, a continuación, te explicamos cómo se debe realizar el reporte de estas novedades.
✅Si eres contratante:
Al liquidar la planilla tipo Y de tus contratistas, debes marcar en el campo de novedades la opción RET-T (Terminación de contrato).
Si ya liquidaste la planilla tipo Y y aún no ha finalizado el mes de liquidación, puedes marcar la novedad RET-T utilizando la planilla tipo N (Corrección) antes de que finalice el periodo.
✅Si eres contratista:
Si tu contrato terminó y tu contratante ya liquidó la planilla con la marcación RET-T (Terminación de contrato), y deseas reportar tu RET-X (retiro) definitivo al sistema de seguridad social, debes hacerlo ingresando a miplanilla.com siguiendo estas instrucciones paso a paso:
📝¿Cómo realizar el reporte de la novedad RET-X?
Ingresa al operador de información por el cual el contratante realizó el pago de la planilla tipo Y (solo aplica si el contratante registró la novedad RET-T).
Accede con tu usuario y contraseña al sistema. Si no cuentas con ellos, es necesario realizar el registro.
Ingresa a la opción de planilla tipo N (corrección). El reporte debe hacerse dentro del periodo (mes) en el que se haya finalizado el contrato.
Genera la planilla: Debes reportar el número de planilla pagada por el contratante. Al diligenciar la planilla, selecciona la novedad RET-X. Esta novedad modifica tus afiliaciones como contratista ante las administradoras de seguridad social.
Verifica la información: Asegúrate de que tus datos, el periodo de cotización y la novedad estén correctamente registrados antes de aplicar el pago.
📌¿Qué debes tener en cuenta?
La novedad RET-T solo aplica cuando el contratante ha asumido el pago de aportes del contratista.
No reemplaza la novedad RET-X (Retiro), que debe ser reportada exclusivamente por el contratista.
El uso correcto de esta novedad permite mantener la trazabilidad del vínculo contractual sin afectar la continuidad en el sistema de seguridad social.
La implementación de la novedad RET-T representa un apoyo en la gestión de los contratos de prestación de servicios, permitiendo a los contratantes cumplir con sus obligaciones de manera clara y ordenada, sin interferir en las afiliaciones del contratista.
¡En miplanilla.com, nos gusta cumplir!
Publicado 15 septiembre 2025
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