La Reforma Laboral, sancionada como Ley 2466 el 25 de junio de 2025, introduce cambios significativos en el régimen laboral, incluyendo modificaciones en el manejo de las cesantías. A continuación, te resumimos los aspectos más relevantes:
👉🏼1. Mensualización de intereses
Se permite que el empleador y el trabajador acuerden por escrito la mensualización del pago de intereses sobre las cesantías, mediante el pago del 1 % mensual sobre el salario base de liquidación, compuesto por el salario mensual más el auxilio de transporte (cuando aplique).
👉🏼2. Consignación mensual anticipada
Se habilita la opción de que el empleador consigne mensualmente el 8,33 % del salario base de liquidación (salario mensual + auxilio de transporte, si aplica) al fondo de cesantías del trabajador.
Este mecanismo no se considera un pago parcial, sino una forma de anticipar el cumplimiento de la obligación anual. El trabajador seguirá teniendo acceso a sus cesantías en los términos establecidos por la ley o al finalizar el contrato de trabajo.
👉🏼3. Pago directo al trabajador
Se autoriza que el empleador pague directamente las cesantías al trabajador, sin necesidad de consignarlas en el fondo, siempre que:
✅Exista un acuerdo voluntario y por escrito.
✅Los recursos se destinen a fines legales (educación o vivienda).
📌Importante: Se mantienen los requisitos legales para el retiro de cesantías: educación, adquisición o mejora de vivienda, terminación del contrato laboral y los demás establecido por ley.
✅¿Desde cuándo aplican estos cambios?
Aunque la Ley 2466 ya está en vigor, los cambios se encuentran pendientes por reglamentación en Resolución por parte del Ministerio del Trabajo y/o el Ministerio de Salud y Protección Social. Por ahora, no se cuenta con una fecha oficial de implementación.
Estaremos informando cualquier avance en el tema
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Publicado 16 octubre 2025