No. Los pagos a Seguridad Social que se realizan a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes PILA están regulados en la Resolución 2388 de 2016. Anexo Técnico 1 pág. 6 de acuerdo con esta norma las modalidades de pago pueden ser --->
✅ Modalidad asistida: Es la utilizada por aportantes que no tienen acceso a Internet o que no disponen de cuentas bancarias y el operador de información les genera un PIN para realizar el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales en las ventanillas de los bancos o en las redes de recaudo.
Conoce los puntos de pago aquí.
✅ Modalidad electrónica: Es la utilizada por los aportantes vía Internet, bien sea en línea o cargando archivos planos para realizar el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales debitando el dinero de su cuenta bancaria.
Conoce cómo realizar los pagos a través de PSE aquí.
Cabe aclarar que los aportes recaudados a través de la Planilla PILA son recursos del Sistema General de Seguridad Social y se debe garantizar la disponibilidad de forma inmediata, por lo tanto, no se encuentra habilitado el pago a través de ningún medio bajo la modalidad de Crédito u otros que no garanticen la disponibilidad de los recursos de forma inmediata.
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Fecha de actualización: Mayo 2024