Sí. La legislación colombiana define que los aportes a la seguridad social deben realizarse sobre la totalidad de los ingresos que el afiliado perciba en el mes, ya sea como trabajador dependiente, independiente y/o pensionado.
Por ejemplo, si te encuentras vinculado a una empresa mediante un contrato de trabajo y, a su vez, percibes ingresos como rentista de capital, como independiente con prestación de servicios, por una actividad económica por cuenta propia o pensionado, debes realizar aportes también como independiente para cotizar Seguridad Social sobre esos ingresos mensuales.