Conforme a lo establecido en la Ley 1393 del 2010, los aportes como trabajador independiente se deben realizar como mínimo a salud y pensión, no se puede cotizar solo a EPS. En caso tal, de encontrarte pensionado, no estar obligado a cotizar a Pensión o de pertenecer al Registro de Independientes con Bajos Ingresos – RIBI, miplanilla.com validará tu identificación en las bases de referencia que el Ministerio de Salud y Protección Social dispone, con el fin de permitirte el pago solo a salud.
Conoce más sobre las condiciones que debes cumplir para no realizar el aporte a pensión aquí.