Según lo definido en la Resolución 2388 de 2016, la planilla se puede liquidar por menos de 30 días en los siguientes casos:
• Cuando usas cualquier tipo de cotizante independiente y marcas una novedad de Ingreso – ING, debes realizar el pago desde la fecha de inicio que registres al reportar la novedad.
• Únicamente cuando eres cotizante 59 puedes cotizar menos de 30 días al reportar la novedad RET - Retiro; los demás tipos de cotizante (3 y 57) pueden hacerlo solo cuando reportan ING - Ingreso.