Conoce los cambios definidos para los aportes a Seguridad Social como Empresa
A continuación, te informamos aspectos relevantes para tener en cuenta a partir del 1 de diciembre 2022 al liquidar tu PILA:
1. Nueva validación para el uso de subtipo de cotizantes 3 “Cotizante no obligado a cotización a Pensiones por edad” y 4 “Requisitos cumplidos para pensión, indemnización sustitutiva o Devolución de saldos”: Se validará que, el cotizante NO se encuentre relacionado en la base dispuesta por el Ministerio de Salud y Protección Social, de lo contrario, no se podrán reportar estos subtipos de cotizantes en PILA y será obligatorio cotizar a pensión. Vigencia diciembre 1 de 2022
Ten en cuenta
Cuando el cotizante se encuentre relacionado en esta base, el operador de información no permitirá el uso de estos subtipos de cotizante (3 y 4). En ese caso, el aportante deberá contactarse con la UGPP para verificar y solicitar actualización de la información registrada.
2. Nueva validación para el uso de cotizantes aprendiz SENA tipo 12 y 19 : Para el uso de estos tipos de cotizante, los operadores de información deberán validar el archivo dispuesto por el Ministerio de Salud y Protección Social el cual es actualizado mensualmente por el Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA.
Recuerde que la gestión de todos los contratos de aprendizaje se debe realizar ante el SENA a través del Sistema de Gestión Virtual de Aprendices. Vigencia diciembre 1 de 2022
👉🏼 https://caprendizaje.sena.edu.co/
3. Adiciona un campo en la planilla para incluir código de actividad económica del Sistema de Riesgos: Se adiciona un nuevo campo obligatorio en la PILA el cual se debe diligenciar a partir del periodo de cotización noviembre de 2022 en adelante, reportando el código de la actividad económica para el Sistema General de Riesgos Laborales para cada cotizante que realice aportes a una ARL.
Este código es asignado por la ARL y deberá coincidir con la tabla de actividades definidas en el Decreto 768 de 2022. En caso de que la actividad económica no se encuentre en el Decreto, se puede registrar el código de la actividad que este más a fin con la labor. Vigencia diciembre 1 de 2022
Te explicamos en un ejemplo:
Clase de riesgo: 2
Actividad económica: Actividades de apoyo a la agricultura, incluye al almacenamiento y depósito de café, código CIIU 0161.
Subactividad económica: 01
Código → 2016101
En la página lo registrarías de esta manera ↓
Conoce y determina el código a registrar en la PILA según la clasificación de actividades económicas definidas en el Decreto 768 de 2022 aquí 👈🏼
Este cambio NO aplica para los independientes afiliados voluntariamente a la ARL "cotizante 57 - Independiente voluntario al Sistema de Riesgos Laborales".
4. Validaciones a los concejales: Ajusta el procedimiento para el pago de la cotización al Sistema General de Pensiones a cargo del concejal, de la siguiente manera:
Cotizante 35 - Concejal municipal o Distrital: Ajusta el procedimiento para el pago de la cotización al Sistema General de Pensiones a cargo del concejal.
Cotizante 36 -Concejal municipal, distrital o edil de Junta Administradora Local beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensional: Permite que este tipo de cotizante también sea utilizado por los concejales beneficiarios del subsidio del aporte a pensión a través del Fondo de Solidaridad Pensional. Vigencia noviembre 20 de 2022
5. Ratifica la modificación a la longitud del tipo de documento PPT: El tipo de documento “Permiso por Protección Temporal - PPT” puede tener una longitud hasta de 8 dígitos en la estructura de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes –PILA. Vigencia noviembre 20 de 2022
6. Crea el indicador UGPP número 12: En el tipo de planilla “O -Planilla Obligaciones determinadas por la UGPP” y “U -Planilla de uso exclusivo de la UGPP para pago por terceros”, se adiciona este indicador para permitir el pago únicamente de intereses de mora para los subsistemas diferentes a pensión a los aportantes. Vigencia diciembre 1 de 2022
7. Restringe el uso de la planilla X: Se restringe el uso de este tipo de planilla, debido a que, el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales se pueden realizar a través del tipo de planilla “E -Planilla empleados”. Vigencia diciembre 1 de 2022
8. Novedades de retiro que coincidan con ausentismos: Cuando el aportante requiera reportar una novedad de retiro para cotizantes que se encuentren en una novedad de ausentismo, la novedad de retiro deberá reportarse en una línea diferente teniendo en cuenta que el Ingreso Base de Cotización que se reporta en cada una de las novedades es diferente. Vigencia noviembre 20 de 2022
9. Validación subtipo de cotizante 5 “Cotizante con devolución de saldos o indemnización sustitutiva”:
Los cotizantes que cuenten con una devolución de saldos (fondos privados) o indemnización sustitutiva (régimen de prima media), podrán liquidar planilla de ajuste como:
- J - Planilla para pago de seguridad social en cumplimiento de sentencia judicial
- Q - Planilla Acuerdos de pago realizados por la UGPP.
- N - Planilla de correcciones
- O - Planilla Obligaciones determinadas por la UGPP.
- U - Planilla de uso exclusivo de la UGPP para pago por terceros.
- M - Planilla de mora.
Lo anterior, teniendo en cuenta que NO se hará la validación de aporte al Sistema General de Pensiones según el archivo “INFORMACIÓN DE PERSONAS PENSIONADAS” dispuesto por el Ministerio de Salud y Protección Social.
10. Aporte a CCF para los cotizantes 33 "Beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensional": Este tipo de cotizante debe aportar de forma obligatoria a Salud y Pensión, opcional el aporte a Riesgos laborales y Caja de compensación.
Conoce en detalle los cambios definidos en la Resolución 2012 de 2022
haciendo clic aquí.