A partir del 1ro de diciembre de 2018 se implementarán las validaciones de la Resolución 3559 de 2018* emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social. Esta incluye varias modificaciones en la PILA, entre las que incluye la validación contra nuevas bases para los diferentes subtipos de cotizantes que restringen el pago a pensión.
Algunos subtipos de cotizantes restringen el pago a pensión por las diferentes causales que plantea la norma. A continuación se relacionan las condiciones para el correcto uso de los subtipos que existen en la PILA:
1. Dependiente pensionado por vejez activo
esta condición aplica para aquellas personas a las que se les ha reconocido el derecho a pensionarse y continúan con un contrato laboral.
2. Independiente pensionado por vejez activo
esta condición aplica para aquellas personas a las que se les ha reconocido el derecho a pensionarse.
3. Cotizante no obligado a cotización a pensiones por edad
esta condición aplica para mujeres mayores de 50 años y hombres mayores de 55 años, que no hayan estado afiliados al Sistema General de Pensiones.
4. Cotizante con requisitos cumplidos para pensión
esta condición aplica para aquellas personas que han cumplido con los requisitos mínimos de ley para el reconocimiento de la pensión de vejez.
5. Cotizante a quien se le ha reconocido indemnización sustitutiva o devolución de saldos
esta condición aplica para aquellas personas que realizaron su trámite para pensionarse y no cumplieron con los requisitos necesarios, sin embargo, obtuvieron la devolución de los ahorros acumulados en el sistema.
9. Cotizante pensionado con mesada superior a 25 SMLMV
esta condición aplica para las personas que cuentan con una pensión mayor o igual a 25 SMLMV y tienen un contrato laboral, por lo tanto, no realizan aportes al sistema de salud, ni pensión.
El objetivo principal de las validaciones de la Resolución es controlar la evasión de aportes al Sistema de Pensiones y evitar que los usuarios generen sus planillas con inconsistencias, las cuales puedan ser objeto de revisión por parte de los entes de control como la Unidad de Gestión de Pensiones y Parafiscales – UGPP.
El Ministerio de Salud y Protección Social remite diferentes bases a los operadores de información, entre ellas:
- La base de datos de personas pensionadas que validará los cotizantes con subtipos de cotizante 1, 2, 5 y 9.
- La base de datos de Personas con trámite de pensión que validará los cotizantes con subtipo de cotizante 4.
- La base de datos de Registro Único de Afiliados a Pensión – RUAF, que validará los cotizantes con subtipo de cotizante 3.
Las validaciones anteriormente mencionadas funcionan de la siguiente manera:
En caso de que un cotizante reporte en la planilla un subtipo de cotizante mencionado anteriormente, miplanilla validará con la base correspondiente. En caso de no cumplir con el requisito deberá generar la liquidación con el aporte a pensión.
Si usted presenta inquietudes o necesidad de realizar correcciones por esta validación, es necesario que consulte directamente con el fondo de pensiones al que se encuentra vinculado. Recuerde que esta información la emiten directamente las Administradoras de Pensiones.